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RECLAMO ANTE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA POR DEMORAS EN EL TRAMITE DE EXPEDIENTES POR VIOLACIONES A LOS DDHH


Descargar adjunto: ANEXO Causas presumariales_FjmVrmT.pdf

El Observatorio Luz Ibarburu (OLI) solicitó a la Suprema Corte de Justicia en el marco de la ley de acceso a la información pública, los informes referidos a 45 expedientes que patrocina el OLI en los que trascurrió más de un año de su inicio y continúan en presumario sin que se haya dictado auto de procesamiento, las razones para que esas causas se excedieran de ese plazo y si se hubiera determinado que las demoras no están justificadas, qué medidas se adoptaron para garantizar la celeridad de esas causas.


El Código del Proceso Penal  establece  que es obligación de los jueces elevar esa información a la SCJ y que ésta debe determinar si las demoras están o no justificadas.


 La citada solicitud de información que reclama el OLI, resalta la responsabilidad de la SCJ en el monitoreo del cumplimiento de la obligación respecto al trámite de las causas en un plazo razonable y en adoptar medidas al respecto.


Contar con esa información  adquiere importancia tanto para la labor de contralor del cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH por parte del OLI, como para que la ciudadanía pueda contar con información de cómo cumple el Estado las investigaciones en forma eficiente y en un plazo razonable, teniendo en cuenta la celeridad necesaria, especialmente,  cuando se trata de hechos que ocurrieron y fueron denunciados mucho tiempo atrás.