Causas
Causa 2-108457/2011
Datos
- Número:
- 2-108457/2011
- Carátula
- Jorge Gonzalez y otros
- Estado
- Sumario
- Fecha de inicio
- 2011
- Juzgado
- Penal de 27º Turno - Montevideo
- Juzgado original
- Penal de 10º Turno - Montevideo
- Juez
- --
- Fiscal
- Fiscalía Letrada en lo Penal de 2º Turno Gilberto Rodriguez
- Abogado
- --
- Denunciante
- --
- Víctima
- GÓNZALEZ Jorge; PEREIRA Asdrúbal; COHANOFF Perla y otros (Denuncia)
- Delito denunciado
- --
- Tipo de delito
- --
- Fecha del delito
- --
- Lugares del delito
- --
- Delito tipificado
- --
- Procesados
- --
- Condenados
- --
- Notas
- iniciada 27/10/2011 (*)Información extraída de informe del Ministerio Público y Fiscal Resolucion A/198/2013 DE SETIEMBRE DE 2013
Documentos
-
Sentencia 3803/2019
Desestima recurso.pdf
Ficha de trámite
-
Esperando informe de Secretaria para el pasado reciente. (*)
-
Se presentó un recurso de reposición, se hizo lugar a la reposición, y se va a elevar al TAP
-
Se crea los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Penal de 26º y 27º turnos, los cuáles absorberán y continuarán con la tramitación de la totalidad de los expedientes de 4ºy10º, y 5ºy11º turnos respectivamente, los que a partir de igual fecha se suprimen. ACORDADA Nº 7921, art.1 del 14/09/2017 de la Suprema Corte de Justicia
-
Folio: Sentencia 3803/2019
Mantiene la resolución recurrida que desestimó la excepción de prescripción interpuesta por la defensa del indagado GY. "Habiéndose interpuesto recurso de apelación, franquease la alzada sin efecto suspensivo. Fecho, reitérese oficios al Ministerio de Defensa y a la Secretaría de Derechos Humanos. Agrégese a estas actuaciones el pendrive remitido por AJPROJUMI. Ofíciese a Asuntos Internos para que remita toda información que posea de AG y CS para sus mejores identificaciones y ubicaciones. Librados los oficios, ofíciese para la conducción de Y y E, con asistencia letrada, cometiéndose el señalamiento"
-
Folio: Decreto 1536/2023
Jueza Urioste decreta el procesamiento y prisión de Carlos Américo Suzacq Fiser imputado de la comisión, en calidad de presunto coautor penalmente resposable de reiterados delitos de privación de libertad especialmente agravados y muy especialmente agravados, en régimen de reiteración real entre sí y, en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados delitos de lesiones graves agravados y con reiterados delitos de vioencia privada especialmente agravados.