Causas
Causa 98-247/2006
Datos
- Número:
- 98-247/2006
- Carátula
- GAVAZZO PEREYRA José Nino; ARAB FERNANDEZ José Ricardo; un delito de privación de libertad
- Estado
- Ejecución sentencia
- Fecha de inicio
- 2006
- Juzgado
- Juzgado Letrado de Ejecución y Vigilancia de 1° Turno - Montevideo
- Juzgado original
- Penal de 19º Turno - Montevideo
- Juez
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- Fiscal
- Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad
- Abogado
- Equipo Jurídico del Observatorio Luz Ibarburu
- Denunciante
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- Víctima
- CRUZ BONFIGLIO Mario Jorge; MORALES VON PIEVERLING Miguel; MECHOSO Alberto; JULIEN Mario Roger; ERRADNONEA Juan Pablo; TEJERA LLOVET Raúl Nestor; ISLAS de ZAFFANONI Maria Emilia; ZAFFARONI CASTILLA Jorge; CRAM Washington; TRIAS Cecilia; PRIETO GONZALEZ Ruben; CARRETERO María del Rosario; MORENO MALUGANI Miguel Ángel; LEZAMA Rafael; MERCADER Carlos Rodríguez; RECAGNO IBARBURU Juan Pablo; ARNONE Bernardo; RODRIGUEZ Julio; QUEIRO UZAL Washington; CHEJENIAN Segundo; DA SILVEIRA Graciela Teresa; GATTI Gerardo; DUARTE León; CABRERA Ary; SOBA Adalberto; KEIM Josefina; BENTANCOUR Ademir; GRISONAS Victoria
- Delito denunciado
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- Tipo de delito
- Desaparición forzada, Privación de libertad
- Fecha del delito
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- Lugares del delito
- Automotores Orletti (Argentina)
- Delito tipificado
- homicidio muy especialmente agravado
- Procesados
- GAVAZZO PEREYRA José Nino; ARAB FERNANDEZ José Ricardo
- Condenados
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- Notas
- Juzgado Penal de 5to Tuno (ficha 519/85) Juzgado Penal de 4to Turno. Con respecto a Jorge Alberto SILVEIRA QUESADA, Ernesto Avelino RAMAS PEREIRA, Ricardo José MEDINA BLANCO, Gilberto Valentín VAZQUEZ BISIO, Luis Alfredo MAURENTE MATA y José Felipe SANDE LIMA (cuya situación originariamente se tramitó en forma conjunta, pero luego por razones procesales se formó otro expediente a su respecto). (*)Información extraída de informe del Ministerio Público y Fiscal Resolucion A/198/2013 DE SETIEMBRE DE 2013. CAUSA AÚN EXISTENTE EN informe del Ministerio Público y Fiscal Resolucion A/198/2013 DE SETIEMBRE DE 2013 La causa de Ary Cabrera Prates fue presentada en la OEA/Caso 2727 del 05/04/1976 como desaparecido en Argentina. La causa de María Emilia Islas Gatti fue presentada en la OEA/Caso 2245 del 27/09/1976 como desaparecida en Argentina. La causa de Jorge Zaffaroni fue presentada en la OEA/Caso 2245 como desaparecido en Argentina. La causa de Mariana Zaffaoni Islas fue presentada en la OEA/Caso2245 de 1976 -1994 como desaparecida en Argentina/Restituida.
Documentos
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SENTENCIA Nº 036.
Condenando a José Nino GAVAZZO PEREIRA y José Ricardo ARAB FERNÁNDEZ como autores responsables de 28 delitos de Homicidio muy especialmente agravados, en reiteración real, a la pena de 25 años de penitenciaría para cada uno de ellos,
98_247_2006.pdf -
Sentencia 1/2010
Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° Turno confirma la sentencia dictada en primera instancia, la que condenó a José Gavazzo y Ricardo Arab como autores de 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados a la pena de 25 años de penitenciaría para cada uno de ellos.
Sentencia 2da Instancia Gavazzo.pdf -
Sentencia SCJ
NO HACIENDO LUGAR A LOS RECURSOS DE ACLARACIÓN Y AMPLIACIÓN INTERPUESTOS POR LA FUSCALÍA.
982472006.pdf -
SENTENCIA 1501
Sentencia No. 1501/2010, DESESTÍMANDO LOS RECURSOS DE CASACIÓN INTERPUESTOS. Voto discorde de DR. LESLIE VAN ROMPAEY quien sostiene que los imputados deben responder por el delito de desaparición forzada, sin que ello implique una flagrante violación al principio de irretroactividad de la ley penal
982472006a.pdf -
dictamen Fiscal
Solicitando se le impongan las siguientes penas:• a JORGE SILVEIRA QUESADA, ERNESTO AVELINO RAMAS PEREIRA y GILBERTO VÁZQUEZ BISIO, VEINCINCO (25) AÑOS DE PENITENCIARÍA, . • a LUIS ALFREDO MAURENTE MATA, RICARDO JOSÉ MEDINA BLANCO y JOSE FELIPE SANDE LIMA, VEINTE (2O) AÑOS DE PENITENCIARÍA.
2433322005.pdf -
Sentencia de la SCJ
POR UNANIMIDAD, DESESTÍMASE EL RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR LOS ENCAUSADOS Y, POR MAYORÍA DE SUS INTEGRANTES, DESESTÍMASE EL RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR LA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO Y FISCAL,
2433322005a.pdf
Ficha de trámite
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Denuncia
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Testimonios de María Elena Laguna, Beatriz Castellonese, María del Pilar Nores, Eduardo Dean, Elba Rama, Cecilia Gayoso, Sara Méndez, Javier Peralta, Beatriz Barboza, Sergio Rubén López Burgos, Ana Inés Quadros, Ricardo Gil, Ruben Prieto, Alicia Cadenas, María del Carmen Adiego, Jorge González, Julio Barboza, Jacqueline Barrios, Hilda María Fernández Rodriguez,Ruben Caravia, René Kisner Bonilla, Hugo Conde, Stella Reyes, Juan Francisco Quiñones Solari, Celia Natividad Sedarri Aparicio, Juan Modesto Rebollo Garcia, Armando Mendez, Antonio Clorindo Viana Acosta, Roberto Herrera Torres, Emilia Marta Carlevaro Bottero, Irma Gladys Leites Dalto, Carlos Rivera Yic, Ivonne Alicia Yic Sedarri, Julio César Abreu, Gregorio Conrado Alvarez Armelino, Hugo Imbriaco de Rezende, Yolanda Ignacia Melgar González, Sandro Alberto Soba Laguna, Leonardo Paolo Soba Laguna, Alberto Mechoso, Rita Isabel Cultelli Delfino, Ethel Matilde Coirolo Hunter, Pedro Antonio Mato Narbondo, Juan Carlos Blanco Strade, Juan Antonio Buratti, María Ester Gatti Borsani, Adriana Gladys Cabrera Esteve, José Igancio Errandonea, Roger Rodriguez, Gabriel Hugo Pereyra Gonzalez, Alvaro Alfonso, Raúl Osvaldo Sánchez Díaz, Walter Alcides Pintos Alvariza, Julio César Bonelli Carro, José Pedro Malaquin Correa, Carlos Alejo Díaz Moussampes, José Uruguay Araujo Umpierrez, Mario Daniel Muñoz Betancurt, Atilio Bonelli Baccino, José María López Maz, Conrado Echevarría Livio, Ricardo Dante Divcenuto Pazos, José Ramón Tucci Rocha, Zenia García Montejo Ferreira, Luis Alberto Larroque Bonilla, Gonzalo Fernández, Ernesto Soca Prado, Enrique Claudio Crosa Pereira, Luisa Irma Puig Robaina, Walter José Dopazo Ghioldi, Carlos Rossel, Mario Julio Aguerrondo Montecoral, Felipe Luciano Caballero Castillo, Regino Antonio Burgueño Sereda, Yelton Alcibier Bagnasco Yoset, Sergio Marcel Spinelli Martino, Diego Mario Cardozo Correa, Ramón Julio Rivas Vila, Eduardo Silvera Castro, Samuel Adrian Caballero Piriz, Lawrie Haldene Rodriguez Freire, Victorino Hugo Vázquez Pérez, Walter Hebert Rodriguez Oroño, Horacio Elbio Solla Olivera, Angel Bertolotti Neuman, Oscar Pedro Pereira Medina, Lautaro Humberto May Torres, Hugo Hamblet Bertola Chiappe, Ariel Rogelio Soto Loureiro, Raquel María Nogueira Paullier, Ana María Salvo Sánchez, Gastón Zina, Raúl Luis Altuna Facal, Raúl Gloodtdofsky Fernández, Omar Raúl Lacasa Antelo, . Elder Gómez Alt, Pedro Ramón Barneix Mattiauda, Soledad Dossetti García, José María Robaina Piegas.
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Declaraciones de JOSE NINO GAVAZZO, GILBERTO VAZQUEZ, ERNESTO RAMAS, JORGE SILVEIRA, RICARDO ARAB, RICARDO MEDINA, FELIPE SANDE LIMA, ALFREDO MAURENTE.
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Realización de careos entre: José Gavazzo con Hilda Fernández- Jacqueline Barrios - Stella Reyes; Jorge Silveira con Stella Reyes - Jacqueline Barrios - Hilda Fernandez);Armando Méndez con Jacqueline Barrios - Hilda Fernández -Stella Reyes; Modesto Rebollo García con - Jacqueline Barrios - Hilda Férnández); Ernesto Soca con Raúl Altuna - Lopez Burgos - Zina - Dean - Elba Rama - Cecilia Gayoso - Sara Méndez - Ana Quadros - Ana Salvo - Ariel Soto - Raquel Nogueira y Alicia Cadenas.
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Folio: 1282 a 1314
Auto Nº 01013 por el que JOSE NINO GAVAZZO PEREIRA y RICARDO ARAB FERNANDEZ, fueron procesados por un delito de Privación de libertad en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de Asociación para delinquir. Fueron aprehendidos el 11 de setiembre de 2006
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Folio: 1326 a 1356
Recursos de reposición y apelación presentados por la Defensa.
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Folio: 1857 a 1894
Sentencia Nº 24 del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2ª turno, confirmando la Sentencia aunque dejando sin efecto la atribución del Ilícito de Asociación para delinquir.
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Folio: 6087
Decreto Nº 0718 poniendo los autos de manifiesto.
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Las Defensas de GAVAZZO PEREIRA y ARAB FERNÁNDEZ; y la Fiscalía solicitan medidas probatorias.
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Folio: 6170 y 6171
Decreto Nº 0789 haciendo lugar a las probanzas solicitadas, con excepción de aquellas que se consideraron inadmisibles en atención a su naturaleza.
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GAVAZZO PEREIRA promueve la declaración de Inconstitucionalidad del artículo 5º de la Ley 15.737 del 8 de marzo de 1985.
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Folio: 7956
Auto Nº 0992 suspendiendo el proceso a su respecto y se elevó a la Suprema Corte de Justicia.
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Folio: 8009 y vto
Sentencia Nº 62 de la SCJ desestimando la excepción de Inconstitucionalidad, por vía anticipada.
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Folio: 8016 vto
Auto Nº 0404 confiriendo traslado al Ministerio Público.
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Folio: 8022 a 8145 vto.
La Fiscalia pidió la condena de JOSE NINO GAVAZZO PEREIRA y JOSE RICARDO ARAB FERNÁNDEZ como coautores responsables de los delitos de Desaparición forzada de Adalberto Soba, Gerardo Gatti, León Duarte, Alberto Mechoso, Ary Cabrera, Cecilia Trias, Mario Cruzo, Segundo Chejenian, Graciela Da Silveira, Rafael Lezama, Miguel Angel Moreno, Carlos Rodriguez Mercader, Washington Queiro, Josefina Kleim, Washington Kram, Ruben Prieto, Julio Rodriguez, Jorge Zaffaroni, María Emilia Islas, Juan Miguel Morales, Walner Bentancour, Roger Julien, Victoria Grisonas, Raul Tejera, Pablo Recagno, Casimira Carretero, Armando Arnone y Pablo Errandonea, en reiteración real. Imponiendole la pena de 25 años de penitenciaría a cada uno.
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Folio: 8146 vto
Auto Nº 0776 Confiriendo traslado de la acusación fiscal
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Folio: 8161 a 8180
La Defensa de ARAB FERNÁNDEZ reclamó que se desestime la acusación fiscal.
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Folio: 8264 a 8298
La Defensa de GAVAZZO PEREIRA expresando que la conducta de su defendido no es penalmente reprochable del delito de Desaparición forzada así como tampoco lo es por el de privación de libertad.
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Folio: 8299
Auto Nº 01272 disponiendo. A) Oficiar al Ministerio de Defensa Nacional para: 1.- el envío de documentos que estén fechados entre enero de 1976 y junio de 1977 y que nombren algunas de las victimas; 2.-para que remita documentos del SID, de la Junta de Comandantes en Jefe y de la División de Ejército I en particular del OCOA firmado por Gavazzo y Arab; para que remita testimonio de documentos que mencionen la coordinación entre países denominada "Plan Cóndor" y copia del Tribunal de Honor que se constituyó para Gavazzo.- B) Oficiar a UTE y OSE para que informen titular del servicio de la finca en la calle Francisco de Medina 1525 y 1515 bis entre enero de 1970 y 2006.- C) Oficiar a la Dirección General de Registro, Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria para que proporcione información respecto a la finca antes mencionada.
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Folio: 8975
Auto Nro. 0170 citando para sentencia.
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SENTENCIA Nº 036. Condenando a José Nino GAVAZZO PEREIRA y José Ricardo ARAB FERNÁNDEZ como autores responsables de 28 delitos de Homicidio muy especialmente agravados, en reiteración real, a la pena de 25 años de penitenciaría para cada uno de ellos
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Folio: 9.252-9.317
Sentencia definitiva Nº 1, del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Segundo Turno, confirmando la sentencia de primera instancia
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La Defensa de José Nino Gavazzo Pereira, interpuso recurso de casación, invocando errónea interpretación y aplicación del derecho
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La Fiscal interpuso recurso de casación, agraviándose respecto a la calificación delictual realizada, solicitó que se anule la sentencia del Tribunal en cuanto atribuyó a los imputados 28 delitos de Homicidio muy Especialmente Agravados, en lugar de delitos de Desaparición Forzada de personas.
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Folio: 9.374 y ss
Lla Defensa de José Ricardo Arab, interpuso recurso de casación sosteniendo que el Tribunal incurrió en errónea aplicación del C. Penal, y de la Ley No. 15.848 Solicitó que, se revoque la sentencia impugnada respecto de J Arab.
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Folio: 9.399
Resolución No. 740, de la Suprema Corte de Justicia dando ingreso al recurso interpuesto y confiriendo los respectivos traslados.
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Folio: 9.386-9.400
Dictamen No. 2025/10 del Fiscal de Corte, aconsejando, que se rechacen los recursos de casación interpuestos, ya que la sentencia no causaba nulidad.
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Sentencia No. 1501/2010, DESESTÍMANDO LOS RECURSOS DE CASACIÓN INTERPUESTOS. Voto discorde de DR. LESLIE VAN ROMPAEY quien sostiene que los imputados deben responder por el delito de desaparición forzada, sin que ello implique una flagrante violación al principio de irretroactividad de la ley penal
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La Fiscal Letrada en lo Nacional de lo Penal de 2º Turno, interpuso recursos de aclaración y ampliación de la Sentencia No. 1501/2010 en lo que tiene que ver con la prescripción de los delitos imputados, considerando errónea la afirmación de que los delitos de homicidio imputados están sujetos a prescripción.
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Sentencia de la SCJ NO HACIENDO LUGAR A LOS RECURSOS DE ACLARACIÓN Y AMPLIACIÓN INTERPUESTOS POR LA FUSCALÍA.
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Sentencia ejecutoriada. (*)