Causas
Causa 87-695/1986
Datos
- Número:
- 87-695/1986
- Carátula
- CROSA CASTRO Miriam Marta; FERNANDEZ HUIDOBRO Eleuterio; Jorge VAZQUEZ, VELAZQUEZ Jorge y otros. Su denuncia
- Estado
- Presumario
- Fecha de inicio
- 1986
- Juzgado
- Penal de 27º Turno - Montevideo
- Juzgado original
- Penal de 1º Turno - Montevideo
- Juez
- Dra. Silvia Urioste
- Fiscal
- Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad
- Abogado
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- Denunciante
- CROSA CASTRO Miriam Marta; FERNANDEZ HUIDOBRO Eleuterio; Jorge Vazquez VELAZQUEZ Jorge; OXANDABARAT NIETO Nora Nelly
- Víctima
- CROSA CASTRO Miriam Marta; FERNANDEZ HUIDOBRO Eleuterio; Jorge Vazquez VELAZQUEZ Jorge; OXANDABARAT NIETO Nora Nelly y otros
- Delito denunciado
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- Tipo de delito
- Tortura
- Fecha del delito
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- Lugares del delito
- Se desconoce
- Delito tipificado
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- Procesados
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- Condenados
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- Notas
- Se reactivaron a partir del 21/10/2011 a partir resolución del PE del 30/06/2011. Expte inicial 695/86. (*)Información extraída de informe del Ministerio Público y Fiscal Resolucion A/198/2013 DE SETIEMBRE DE 2013
Documentos
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Sentencia Nº 89/2014
Se declara inconstitucionales y por ende inaplicables a los excepcionantes, los artículos 2 y 3 de la Ley No. 18.831
89-2014.pdf -
Sentencia interlocutoria 427
Confírmase la sentencia interlocutoria de primera instancia
TAP3 4agosto2016.pdf -
Sentencia 2055/2016 SCJ
Suprema Corte de Justicia, por resolución anticipada, RESUELVE:Desestímase el recurso de casación interpuesto, con las costas de oficio
2.055 2016.pdf
Ficha de trámite
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Por Resolución No. 6, el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal de Primer Turno -a pedido de la Fiscal Letrada Nacional en lo Penal de 2do. Turno- dispuso la instrucción de la causa.
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Folio: 71
Se presentó BB, planteando por vía de excepción la declaración de inconstitucionalidad de lo establecido en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley No. 18.831.
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Folio: 82
Por Providencia No. 312/2013, el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 1er. Turno dispuso la suspensión de los procedimientos y la elevación de los autos para ante la Suprema Corte de Justicia (.
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Folio: 84
Por Auto No. 301, la Corporación dispuso conferir traslado a la Fiscal Letrado Nacional en lo Penal de 2do. Turno. Fecho, otorgar vista al Sr. Fiscal de Corte).
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Folio: 90/104
La Fiscal Letrado Nacional en lo Penal de 2do. Turno, evacuando el traslado conferido y por los fundamentos que expresó solicitó se rechace la excepción de inconstitucionalidad promovida.
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Folio: 132
El Sr. Fiscal de Corte se pronunció en Dictamen No. 1105/13, entendiendo que “... no corresponde pronunciarse sobre la constitucionalidad o no de las disposiciones legales cuestionadas por ser inaplicables al caso, salvo mejor opinión de la Corporación”).
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Por Decreto No. 762, se dispuso el pasaje a estudio y autos para sentencia, citadas las partes (fs. 183).
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La Fiscal de la causa, planteó la recusación de los Sres. Ministros de la Corporación Dres. Jorge Ruibal Pino, Jorge Larrieux, Julio César Chalar y el redactor.
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Folio: 187
Por nota del 29/VIII/2013, se dio cuenta que en autos IUE 1-100/2013, por Sentencia No. 1530/2013 la Suprema Corte de Justicia (integrada) desestimó las recusaciones de los Sres. Ministros Dres. Larrieux, Chalar y Chediak y que el Sr. Ministro Dr. Jorge Ruibal Pino se declaró inhibido de oficio (artículo 326.2 del Código General del Proceso) para conocer en las presentes actuaciones, por haber intervenido en las mismas.
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Se designo a Dr. Rolando Vomero Blanco (Ministro del Tribunal de Apelacones en lo Penal de 1º Turno) para tratar inconstitucionalidad ley 18.831.
89-2014.pdf -
Folio: Sentencia Nº 89
Se declara inconstitucionales y por ende inaplicables a los excepcionantes, los artículos 2 y 3 de la Ley No. 18.831
89-2014.pdf -
SE DEVUELVE A LA SEDE DE PROCEDENCIA
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TAP 3º desestima recurso en incidente formado por la petición de clausura de expediente por prescripción
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nº 2055/2016 Suprema Corte de Justicia, por resolución anticipada,RESUELVE: Desestímase el recurso de casación interpuesto, con las costas de oficio
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Se crea los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Penal de 22º y 23º turnos, los cuáles absorberán y continuarán con la tramitación de la totalidad de los expedientes de 1ºy7º, y 2ºy8º turnos respectivamente, los que a partir de igual fecha se suprimen. ACORDADA Nº 7921, art.1 del 14/09/2017 de la Suprema Corte de Justicia
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Reiteración de los oficios librados al Ministerio de Defensa.
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Esperando respuestas de oficios librados al Ministerio de Defensa.
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Folio: Decreto 1105/2021
"Atento a lo informado, a la pandemia de Covid 19 y al estado de salud del indagado Gilberto Vázquez, a los efectos de preservar su situación sanitaria, recíbase su declaración por videoconferencia, coordinándose con la Defensa, cometiéndose el señalamiento"