Causas
Causa 88-97/2010
Datos
- Número:
- 88-97/2010
- Carátula
- RIBERO UGARTEMENDIA Enrique; ARAUJO UMPIERREZ José Uruguay; Homicidio político, autor y co autor respectivamente.
- Estado
- Ejecución sentencia
- Fecha de inicio
- 24 de Julio de 2008
- Juzgado
- Penal de 23º Turno - Montevideo
- Juzgado original
- Penal de 7º Turno - Montevideo
- Juez
- Dra. Isaura Tortora
- Fiscal
- Fiscalía Especializada en Delitos de Lesa Humanidad
- Abogado
- Dr. Oscar Lopez Goldaracena
- Denunciante
- Isidora Rodriguez de Chavez y Valentina Chávez
- Víctima
- CHAVES SOSA Ubagesner
- Delito denunciado
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- Tipo de delito
- Tortura, Desaparición forzada
- Fecha del delito
- 28 de Mayo de 1976
- Lugares del delito
- Boiso Lanza
- Delito tipificado
- Homicidio muy especialmente agravado
- Procesados
- José Uruguay Araújo Umpiérrez y Enrique Rivero
- Condenados
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- Notas
- (*)Información extraída de informe del Ministerio Público y Fiscal Resolucion A/198/2013 DE SETIEMBRE DE 2013. CAUSA AÚN EXISTENTE EN informe del Ministerio Público y Fiscal Resolucion A/198/2013 DE SETIEMBRE DE 2013. La causa fue presentada en la OEA/Caso 9240 del 24/02/1976 como desaparecido en la República Oriental del Uruguay.
- Resumen
- Denuncias anteriores 88-21/2008 – 88-217/85 y 1-608/2003 Existe una demanda civil radicada en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de lo Contencioso Administrativo (ficha 91/87)
Documentos
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sentencia definitiva de 1era instancia
Condenando a ENRIQUE RIBERO UGARTEMENDIA como autor y a JOSE URUGUAY ARAUJO UMPIERREZ como co autor, de un delito de homicidio muy especialmente agravado, calificado como crimen de lesa humanidad, a la pena de diecinueve y diecisiete años de penitenciaría, respectivamente
88972010.pdf -
Auto de Procesamiento
Procesamiento y prisión de ENRIQUE RIBERO UGARTEMENDIA y de JOSE URUGUAY ARAUJO UMPIERREZ, bajo la imputación de un delito de homicidio político, como autor el primero y como co autor el segundo.
88972010a.pdf -
Comisión Investigadora Parlamentaria Sobre Personas Desaparecidas y Hechos que lo motivaron
Testimonio de Isidora Musco de Chávez
1MdeCH76.pdf -
Comisión Investigadora Parlamentaria Sobre Personas Desaparecidas y Hechos que lo motivaron
Testimonio de Raúl Couto Pombo
1RCP76.pdf -
Comisión Investigadora Parlamentaria Sobre Personas Desaparecidas y Hechos que lo motivaron
Testimonio de Oscar Mario Laserra
1OML76.pdf -
Dictamen Fiscal de Corte (recurso de casación)
Defensa de los encausados interpuso recurso de Casación contra la sentencia Nº 105 de 07 de mayo de 2014 Dictamen de Fiscalía de Corte: corresponde desestimar el recurso de Casación interpuesto (ver documento)
dictamen_Fiscal_Corte_casacion_chavez_sosa_web_.pdf -
Sentencia Suprema Corte de Justicia
Desestima el recurso de casación de encausados contra la sentencia definitiva 105/2014 del TAP 3º
sent_scj_07-05-15_casacion_homicidio_agravado.pdf
Ficha de trámite
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Por auto Nº 2629, se dispuso el procesamiento y prisión de RIBERO, ENRIQUE; ARAUJO, JOSE URUGUAY como autor y co-autor de Homicidio policito, respectivamente.
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La defensa planteó recurso de reposición y apelación respecto de lo dispuesto por auto Nº 2629.
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Resolución Nº 108 manteniendo lo dispuesto por auto Nº 2629 y franqueando el recurso ante el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3er turno.
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Por sentencia interlocutoria el Tribunal mantuvo la sentencia recurrida.
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Solicitud de la defensa la producción de la prueba solicitada
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Por auto Nº 1404, se dispuso el traslado al Ministerio Publico para que dedujera demanda acusatoria o formulara sobreseimiento.
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Folio: 1016-1063
La Fiscalía presentó demanda acusatoria respecto de los encausados por el delito de homicidio político muy especialmente agravado, en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de privación de libertad especialmente agravado, en calidad de co autores.
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Folio: 1081-1098
La Defensa, contesta controvirtiendo la demanda acusatoria y reclamando la absolución de sus defendidos.
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Resolución Nº 2443 convocando para dictado de sentencia.
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Sentencia condenando a ENRIQUE RIBERO UGARTEMENDIA como autor y a JOSE URUGUAY ARAUJO UMPIERREZ como co autor, de un delito de homicidio muy especialmente agravado, calificado como crimen de lesa humanidad, a la pena de diecinueve y diecisiete años de penitenciaría, respectivamente.
88972010.pdf -
En Fiscalia.
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Defensa de los encausados interpuso recurso de Casación contra la sentencia Nº 105 de 07 de mayo de 2014 Dictamen de Fiscalía de Corte: corresponde desestimar el recurso de Casación interpuesto (ver documento)
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Sentencia Nº 127/2015 de la SCJ que desestima recurso de casación de los encausados E.R.U. y J.U.A.U.
sent_scj_07-05-15_casacion_homicidio_agravado.pdf -
Pasó a Juzgado Ejecución 2do Turno