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COMUNICADO SOBRE EL USO DE LA INFORMACION DEL OBSERVATORIO LUZ IBARBURU Y LA ACTUACION DEL SISTEMA JUDICIAL


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 COMUNICADO SOBRE EL USO DE LA INFORMACION DEL OBSERVATORIO LUZ IBARBURU Y LA ACTUACION DEL SISTEMA JUDICIAL


Ante injustificadas molestias de operadores del sistema judicial por supuestas inexactitudes en determinadas informaciones de prensa relativas a demoras en resolver procesamientos solicitados por los fiscales en expedientes sobre violaciones a los derechos humanos cometidas en el marco del terrorismo de Estado, y al hecho de que las mismas fueron realizadas en audiencia y en presencia de las abogadas de militares imputados; el Observatorio Luz Ibarburu expresa:


1.-Las informaciones que asume como propias el Observatorio Luz Ibarburu (O.L.I) son aquellas contenidas en su Base de Datos o en sus comunicados.-


2.-Que la calidad de la información de esa Base de Datos es tan completa y exhaustiva  como lo permite las dificultades que en muchos casos se enfrenta para tener acceso a los expedientes y las normales reservas sobre información que pueda afectar el desarrollo del proceso.


3.-A pesar de que mantener una información sistematizada que contribuya al desarrollo de políticas públicas adecuadas para la naturaleza de las conductas delictivas que tratan esos expedientes, es una obligación que debería asumir el Estado, el O.L.I realiza esa actividad con seriedad y rigurosidad reconocida tanto a nivel nacional como internacional.


4.- En cuanto a las conclusiones y opiniones que cualquier personas, medios de prensa u organizaciones puedan expresar a partir de nuestra Base de Datos, no es de nuestra responsabilidad ni deberían molestar a quienes tienen la responsabilidad de hacer justicia si cumplen sus obligaciones como corresponde. En un país democrático, que la actuación de los servidores públicos y más aún los de un Poder del Estado sean objeto de evaluación pública por la ciudadanía, es una práctica saludable que no debería molestar.


5.-Sobre las valoraciones se puede disentir, pero debe tenerse claro los ámbitos en que se sustancian y ante quienes corresponde hacerlo.


5.- Las y los profesionales del O.L.I merecen el respeto, no sólo son parte de un esfuerzo encomiable que buscar saldar adecuadamente y de acuerdo a las normas del derecho nacional e internacional los crímenes del terrorismo de Estado representando a las víctimas, sino que son también una contribución para el sano y eficaz funcionamiento de la institucionalidad democrática.


Montevideo, 6 de septiembre de 2017


Raúl Olivera


Director Ejecutivo OLI