DENUNCIA DE TORTURAS EN EL GRUPO DE ARTILLERÍA N° 2 DE TRINIDAD UN HISTORIA DE CHICANAS
Descargar adjunto: inconstitucionalidad-ley-19.550.pdf
El 22 de mayo de 1986 la Federación Médica del Interior denunció en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Flores de 1º Turno torturas ocurridas en el Grupo de Artillería N° 2 de Trinidad.
Tras 25 años, en virtud de la revocación de los actos administrativos que habían incluido esta denuncia en la ley de caducidad, la justicia retomó las actuaciones en las que son indagados Mario Ramos y el médico militar Nelson Fornos Vera. Inmediatamente estos pidieron el archivo del expediente por prescripción del delito. El 10 de febrero de 2014 el Juzgado desestimó el pedido. Entonces la defensa de los indagados desplegó una sostenida estrategia dilatoria que la llevó a apelar el fallo del juez ante el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal, sin embargo, confirmó por unanimidad la decisión del Juzgado.
El 12 de noviembre de 2014 los indagados fueron citados a declarar. En lugar de comparecer pidieron que se declarara inconstitucional la Ley No. 18.831, lo que tampoco tuvo resultado. El 21 de diciembre de 2015 la mayoría de la Suprema Corte de Justicia rechazó el pedido.
El 10 de agosto del 2017 la Fiscal Letrado Departamental de Flores Gabriela Rusiñol pidió el procesamiento de los imputados. La defensa de Ramos presentó un nuevo recurso, esta vez, de resposición y apelación. El 27 de junio de 2018 el Tribunal de apelaciones lo rechazó. A esa altura se cumplían 33 años de presentada por primera vez la denuncia y casi siete años de que la causa fuera sacada del amparo de la ley de caducidad.
Los obstáculos promovidos por la defensa no terminaron y aun sin lograr resultados continuaron interponiéndolos. Un año y medio después de que el Juzgado ordenara la convocatoria a audiencia ratificatoria, ésta no pudo tener lugar por las sucesivas chicanas de los abogados defensores.
La última de ellas, hoy a consideración de la Suprema Corte de Justicia, es el recurso de inconstitucionalidad contra la ley 19.550 que creó la Fiscalía Especializada de delitos de lesa humanidad. La Fiscalía que dirige Percibale ha pedido que se rechace el recurso con el argumento de que “no solo trasunta un ánimo meramente dilatorio no amparado por el Derecho, sino que se entroniza en un claro abuso de las vías procesales”.